Arraigo familiar en España | Requisitos
El arraigo familiar en España es un permiso de residencia de carácter excepcional que puede solicitarse si el extranjero cumple ciertos requisitos.
A continuación te explicaremos cómo puedes tramitarlo, sus requisitos y las preguntas más comunes entre los interesados en conseguir esta autorización para residir legalmente en el país.
- Qué es el Arraigo Familiar
- Requisitos del arraigo familiar
- Quién puede solicitar el arraigo familiar
- Documentos necesarios para solicitar el Arraigo Familiar
- Documentación si es padre o madre de un menor español
- Documentación si es hijo de padre o madre con origen español
- Documentación si es una persona que presta apoyo a una persona española con discapacidad
- Documentación si es cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, ascendiente mayor de 65 años o menor de 65 años a cargo, descendiente menor de 21 años o mayor de 21 años a cargo, de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho
- Descargar Modelo oficial de solicitud EX 10 para el arraigo familiar
- Cómo se tramita el Arraigo Familiar
- Quién puede presentar la solicitud de arraigo familiar
- Cuánto cuesta el Arraigo Familiar
- ¿Qué debo hacer si me conceden el arraigo familiar?
- Me han denegado el arraigo familiar, ¿qué hago?
- Renovación del arraigo familiar
Qué es el Arraigo Familiar
El Arraigo Familiar es uno de los 3 tipos de Permiso de Residencia por Circunstancias Excepcionales que se concede a:
- Madre, padre o tutor de un menor con nacionalidad española.
- Personas que atiendan y cuiden de forma continuada a una persona de nacionalidad española con discapacidad.
- Cónyuge de una persona con nacionalidad española (también parejas de hecho si está acreditada).
- Ascendientes mayores de 65 años de un ciudadano español, o menores de 65 años siempre que necesiten especiales cuidados por no ser autodependientes *
- Descendientes menores de 21 años de un ciudadano español, o mayores de 21 años siempre que requieran cuidados especiales por no ser autodependientes *
- Hijos cuyo ambos padres son españoles.
* Válido también en el caso de cónyuges y parejas de hecho no españolas.
Requisitos del arraigo familiar
- No tener antecedentes penales en España y en los países anteriores donde haya residido por delitos que contemple la Ley de España.
- No tener prohibida la entrada en el país además de no aparecer como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio que lo regule.
- Que no se halle dentro del plazo de compromiso de no retorno a España tras volver de forma voluntaria a su país de origen.
- Ser ciudadano de un Estado que no pertenece a UE, ni al Espacio Económico Europeo ni a Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que le sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
Quién puede solicitar el arraigo familiar
Encontrarse en alguno de estos supuestos:
Cuando se trate de padre o madre, o tutor, de un menor de nacionalidad española, siempre que la persona progenitora o tutora solicitante tenga a cargo al menor y conviva con éste o esté al corriente de las obligaciones paternofiliales respecto al mismo. Asimismo, cuando se trate de persona que preste apoyo a la persona con discapacidad de nacionalidad española para el ejercicio de su capacidad jurídica, siempre que la persona solicitante que presta dicho apoyo tenga a cargo a la persona con discapacidad y conviva con ella. En este supuesto se concederá una autorización por cinco años que habilita a trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia.
Cuando se trate del cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española. También cuando se trate de ascendientes mayores de 65 años, o menores de 65 años a cargo, descendientes menores de 21 años, o mayores de 21 años a cargo, de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho. Se concederá una autorización por cinco años que habilita a trabajar por cuenta ajena y propia.
Cuando se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
Llegados a este punto, vamos a explicar los dos supuestos a través de los cuales podrás obtener este tipo de permiso por Arraigo Familiar en España.
Documentos necesarios para solicitar el Arraigo Familiar
Hay que entregar cuatro documentos. Uno de ellos varía en función del lazo familiar del candidato al arraigo familiar:
- Facilitar la copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción que no debe quedar caducado en los siguientes cuatro meses en el momento de entrega de la solicitud.
- Cumplimentar y firmar el modelo de solicitud EX 10 de Solicitud de autorización de residencia/residencia y trabajo por circunstancias excepcionales por duplicado.
- Certificar que no se tienen antecedentes penales ni en España, ni en el país de origen, ni en los países donde haya residido los últimos 5 años.
Además se debe acreditar el vínculo familiar y la nacionalidad del interesado en el arraigo. Para ello se necesitará la siguiente documentación según el supuesto de arraigo familiar.
Documentación si es padre o madre de un menor español
- Certificado de nacimiento del menor español donde refleje el vínculo familiar y la nacionalidad española.
- Certificado de nacimiento del menor de edad.
- Documentación que acredite estar al corriente de tus obligaciones paternofiliales (pensión de alimentos o régimen de visitas acordada) en el caso de que no haya convivencia mutua.
Documentación si es hijo de padre o madre con origen español
- Certificado de nacimiento del solicitante.
- Certificado de nacimiento del padre o madre con origen español, o en su defecto el certificado del Registro Civil que lo demuestre.
Documentación si es una persona que presta apoyo a una persona española con discapacidad
- Documentación que acredite la discapacidad del ciudadano español, o bien de la necesidad de medidas de apoyo para el ejercicio de sus derechos. Igualmente es necesaria la convivencia con él, y demostrarlo.
- Documento Nacional de Identidad del ciudadano español con discapacidad.
Documentación si es cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, ascendiente mayor de 65 años o menor de 65 años a cargo, descendiente menor de 21 años o mayor de 21 años a cargo, de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho
- Documentación que acredite la existencia del vínculo familiar con la persona española, o de la existencia de una pareja registrada, en su caso, de encontrase a cargo.
- Documento Nacional de Identidad del ciudadano español.
Descargar Modelo oficial de solicitud EX 10 para el arraigo familiar
Puedes descargar aquí el formulario EX 10 necesario para solicitar el permiso de residencia por circunstancias excepcionales por causa de arraigo familiar.
Cómo se tramita el Arraigo Familiar
El arraigo familiar se puede solicitar en la Oficina de Extranjería más cercana a tu domicilio una vez cumplimentes el modelo y poseas toda la documentación.
También puedes realizarla a través de internet. Si dispones de un certificado digital solo tienes que entrar en la Plataforma Mercurio.
Una vez que realices la solicitud te darán o enviarán (dependiendo de cómo lo solicitaste) un resguardo de tu solicitud de Arraigo Familiar.
En cualquier momento podrás consultar por internet el estado de la solicitud.
La Oficina de extranjería debe dar respuesta en un máximo de 90 días. En caso de no darla se entenderá que la solicitud ha sido denegada por silencio administrativo. En este supuesto te recomiendo que consultes más adelante en esta guía el apartado sobre qué hacer si han desestimado el arraigo familiar.
Ten también en consideración que la Oficina de Extranjería suele tener mucho volumen de tareas, y se han dado casos de solicitudes aprobadas más allá de los 90 días. En cualquier caso no dejes pasar los plazos para interponer un recurso como te explicamos más adelante.
Quién puede presentar la solicitud de arraigo familiar
La solicitud de arraigo familiar puede ser presentada por el interesado, pero también puede hacerlo un abogado, gestor administrativo o graduado social.
Estos profesionales tienen potestad para hacerlo rápidamente por internet mediante certificados si permites que te representen.
Cuánto cuesta el Arraigo Familiar
El precio de la tasas no supera los 50 euros.
Cuando lo solicites tendrás que pagar la tasa 79 código 052.
Si finalmente te es concedida la Residencia por Circunstancias Excepcionales, tendrás que pagar la tasa 790 código 012.
¿Qué debo hacer si me conceden el arraigo familiar?
Cuando te conceden el arraigo familiar tienes libertad plena de trabajar por cuenta ajena o cuenta propia como cualquier ciudadano español durante el tiempo establecido en el derecho (uno o cinco años según el caso). ¡Enhorabuena!
El siguiente paso que debes dar es solicitar la tarjeta física (TIE). La documentación que necesitarás será la siguiente:
- Cumplimentar modelo oficial (EX 17).
- Justificante de pago de la tasa
- Resolución del Arraigo Familiar.
- 3 fotografías tipo carnet en color y fondo blanco.
Me han denegado el arraigo familiar, ¿qué hago?
Cuando la solicitud de arraigo familiar es denegada es posible reclamar por dos vías si crees que la resolución no ha sido justa:
- Interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde que se reciba la notificación.
- Interponer un recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde que se reciba la notificación.
Renovación del arraigo familiar
La duración del permiso de residencia por arraigo familiar es diferente según cada supuesto, pero es importante estar atento a la fecha de extinción del derecho en todos los casos para no estar en España en situación irregular.
Renovación del arraigo familiar para padre o madre de un menor español
La autorización excepcional de residencia en España durará 5 años. Cuando se aproxime la fecha de caducidad de la tarjeta debe solicitarse el Permiso de Residencia de Larga Duración.
Renovación del arraigo familiar para hijos con progenitor español
Los hijos con padre o madre española que accedieran al arraigo familiar tienen un permiso de residencia de un año.
En este caso, si desea seguir en España en situación legal, debe solicitar alguna de las tres modalidades de permiso de residencia: residencia no lucrativa, de residencia y trabajo por cuenta ajena, o de residencia y trabajo por cuenta propia si decide emprender.