Cómo conseguir el Permiso de Trabajo en España
Hay muchas formas de conseguir un permiso de trabajo en España, pero la dificultad para hacerte con una de estas autorizaciones varía mucho en función de los requisitos.
En esta guía vas a conocer todas las posibilidades que existen para cada uno de los principales supuestos:
- Vives en España como extranjero sin papeles en situación irregular.
- Aún estás en tu país de origen pero quieres trabajar y residir en España.
- Estás en España en situación regular, pero tu permiso finalizará sin opción a renovación.
- Cómo conseguir el permiso de trabajo y residencia si eres un extranjero sin papeles en España
- Requisitos comunes para conseguir el permiso de trabajo si no vives en España en situación irregular
- Tipos de Permiso de trabajo y residencia en España para extranjeros
- Permiso de trabajo por cuenta ajena
- Permiso de trabajo por cuenta propia
- Permiso de trabajo de duración determinada
- Permiso de trabajo mediante Tarjeta Comunitaria
- Permiso de trabajo y Residencia de larga duración
- Permiso de trabajo para profesionales altamente cualificados
- Permiso de Residencia para prácticas profesionales
- Permiso de trabajo para trabajadores transfronterizos
- Permiso de trabajo y residencia por circunstancias excepcionales desde 2023
- Qué extranjeros no necesitan permiso de trabajo en España
Cómo conseguir el permiso de trabajo y residencia si eres un extranjero sin papeles en España
En el caso de que ya estés en España en situación irregular solo hay tres circunstancias excepcionales para conseguir un permiso de trabajo y residencia: el arraigo familiar, el arraigo social y el arraigo laboral.
Tenemos tres guías muy completas para cada una de estas situaciones que te interesa leer.
¿Cumples los requisitos para hacerte con el arraigo? ¡Compruébalo!
Requisitos comunes para conseguir el permiso de trabajo si no vives en España en situación irregular
Según qué tipo de permiso de trabajo y residencia pueden haber requisitos concretos, pero a continuación tienes aquellos que son obligados en TODOS los casos:
- No ser ciudadano de un Estado de la UE (Unión Europea), del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- No residir sin papeles en territorio español.
- Carecer de antecedentes penales en España ni en los países que hubiera residido los cinco años anteriores por delitos vigentes en la Ley española
- No tener prohibida la entrada en España y no aparecer como rechazable en países que hayan firmado un convenio con España referido a estos casos.
- Que haya pasado el plazo de compromiso de no retorno a España, si existiera un retorno voluntario a su país de origen.
Tipos de Permiso de trabajo y residencia en España para extranjeros
Si piensas viajar a España para quedarte una larga temporada, o si ya lo estás y tu permiso es temporal y no renovable, debes conocer todas las posibilidades que existen en el ordenamiento jurídico español para conseguir un permiso de trabajo y de residencia.
Permiso de trabajo por cuenta ajena
El permiso de trabajo en España como asalariado es la opción más común en este tipo de autorización que también conlleva poder residir de manera legal en el país.
Se concede a los extranjeros no comunitarios que ya disponen de un precontrato de trabajo o una oferta de empleo en firme firmada por el empleador y el futuro trabajador siempre que supere el año de duración.
La oferta de empleo debe contar además con ciertos requisitos. Son los siguientes:
- Las condiciones del contrato de trabajo deben cumplir con la Ley.
- En caso de que el contrato fuera a tiempo parcial, el salario debe se igual o superior al SMI fijado para la jornada completa (1080€ al mes durante los 12 meses).
- El empleador que te contrate debe estar ya de alta en la Seguridad Social y sin deudas con la administración pública (AEAT o TGSS).
- El empleador deberá demostrar que cuenta con los recursos suficientes para su proyecto empresarial y, concretamente, para enfrentar el coste de la contratación durante toda su vigencia
- En el caso de que el empleador sea una persona física tiene que probar que una vez desembolse el dinero destinado a la contratación, todos los meses seguirá disponiendo para sí mismo el 100% del IPREM si no hay familiares a su cargo, del 200% si hay dos familiares a cargo, y un 50% más añadido por cada familiar a cargo de más.
- El extranjero contratado debe estar capacitado profesionalmente para las funciones de su puesto, y se exigirá acreditación si la actividad tiene un carácter técnico o cualificado.
- Pagar las tasas para tramitar el permiso de residencia y la de trabajo por cuenta ajena.
Además hay un requisito añadido, y que hace mucho más complicado elegir personalmente al extranjero que se va a contratar. La Situación Nacional de Empleo debe permitir la contratación.
El SEPE publica todos los trimestres aquellas en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura cuáles son aquellas en las que se pueden contratar a ciudadanos extranjeros a través de esta autorización.
Aun en el caso de que sí apareciese aquella que haya reflejado el empleador en tu oferta de empleo, el extranjero no tiene prioridad sobre otros colectivos:
- Españoles en desempleo y extranjeros residentes en España en situación regularizada.
- Ciudadanos de Chile y Perú.
- Candidatos al puesto que se acojan a un supuesto del artículo 40 de la LO 4/2000.
El empresario está obligado a publicitar antes la oferta en el Servicio Público de Empleo. Debido a que España tiene actualmente una de las tasas de desempleo más altas de Europa es muy probable que otro desempleado tenga prioridad e interés en ese puesto de trabajo antes que tú.
En el caso de que no haya candidatos, y solo entonces, se emitirá un certificado negativo que permitirá al empleador escoger directamente a un extranjero en su país de origen.
Cuanto más cualificado y específico sea el puesto, siempre que tú puedas acreditar esa cualificación, más fácil será para ti acceder a este permiso de trabajo en España. Sin embargo, si se trata de un puesto como camarero o mozo de almacén, será casi imposible.
Permiso de trabajo por cuenta propia
Los extranjeros no residentes que quieran emprender un proyecto empresarial en España deben cumplir los siguientes aspectos:
- Cumplir los requisitos que la Ley exige para la apertura y funcionamiento del proyecto por cuenta propia.
- Tener la cualificación profesional o la experiencia acreditada necesaria para dicha actividad por cuenta propia, o la colegiación si es requerida en el ordenamiento jurídico español.
- Demostrar que la inversión prevista sea suficiente a través de un plan de empresa. También la previsión de creación de puestos de trabajo.
- Demostrar que es posible esa inversión, ya sea a través del propio patrimonio o de inversores externos, cuya garantía de inversión debe quedar demostrada.
Permiso de trabajo de duración determinada
Este permiso de trabajo se diferencia de aquel por cuenta ajena en que la duración de la autorización no excede de los 9 meses.
Esta destinado a trabajadores extranjeros que van a trabajar en campañas estacionales u obras y servicios con un fecha fin. Por ejemplo, la recogida de materias primas en el campo o la construcción.
Este permiso de trabajo tiene los mismos requisitos que el permiso por cuenta ajena, con dos elementos diferenciadores:
- Que la duración no se prolongue más allá de 9 meses en un máximo de un año.
- Que haya un compromiso de retorno voluntario al país de origen cuando concluya la relación laboral.
Permiso de trabajo mediante Tarjeta Comunitaria
El número de residentes extranjeros español y nacionalizados ha crecido mucho en España en las últimas décadas. Por este motivo cada vez es más común conseguir el permiso de trabajo y residencia a través de la Tarjeta comunitaria.
La Tarjeta Comunitaria es un documento que acredita que el extranjero cuenta con familia española o de otro país de la Unión Europea.
Con esta tarjeta no es necesario solicitar permiso ni realizar ningún tipo de trámite para poder residir y trabajar en España.
Permiso de trabajo y Residencia de larga duración
El permiso de trabajo y residencia de larga duración tiene carácter indefinido. Por la duración de este derecho es la fórmula jurídica más parecida a obtener la nacionalidad cuando no se tiene.
Se puede conseguir cumpliendo al menos uno de los siguientes requisitos:
- Haber residido en España durante 5 años y no haber superado 10 meses de ausencia en ese periodo, o 12 si ha sido por motivos laborales.
- Haber residido en la Unión Europea los últimos 5 años con la tarjeta azul, y que los dos últimos años hayan sido residiendo en España.
- Ser residente y tener una pensión de jubilación contributiva.
- Ser residente y tener una pensión por incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez, en su modalidad contributiva.
- Ser residente habiendo nacido en territorio español y haber cumplido los 18 años residiendo de forma continuada en España los 3 años previos a la solicitud.
- Españoles de origen que hayan perdido la nacionalidad.
- Ser un residente que ha cumplido los 18 años bajo la tutela de una entidad pública española en los cinco años previos.
- Ser apátrida, refugiado o beneficiario de protección subsidiaria.
- Ser autorizado expresamente por el Ministerio del Interior por haber contribuido notablemente al progreso económico, científico o cultural de España, o a la proyección de España en el exterior.
Permiso de trabajo para profesionales altamente cualificados
Se puede obtener el permiso de trabajo en España si demuestras que eres un Profesional Altamente Cualificado. Es un medida contemplada en la Ley de Emprendedores.
Se entiende por Profesional altamente cualificado aquella persona que posee una alta formación o una gran experiencia en una profesión o puesto determinado.
Esta permiso de trabajo y residencia debe tramitarse se solicita a través de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), que es el organismo designado desde 2007.
Hay que aclarar que la oferta de trabajo debe concretar un salario que esté a la altura de dicha capacitación, y cualquier sueldo que no triplique el SMI puede levantar sospechas en la administración.
Este permiso suele destinarse a empleados que van a cobrar más de 35000€ al año, y en este tipo de contratación de extranjeros tampoco son aplicables las exigencias de la Situación Nacional de Empleo como con el resto de contrataciones por cuenta ajena.
Con el permiso de trabajo ya concedido el ciudadano extranjero solo debe gestionar su visado, y cuando resida España bastará con tramitar el TIE (tarjeta física), si aún no dispone de ella.
Permiso de Residencia para prácticas profesionales
Este permiso tiene una duración máxima de 24 meses y permite contratar a los siguientes trabajadores:
- Poseedores de un título superior finalizado en los 2 últimos años y que residan en su país de origen.
- Poseedores de un título superior finalizado en los 2 últimos años y que residan legalmente en territorio español.
Este permiso de residencia y trabajo en España es posible gracias a un inclusión reciente en el texto de la Ley de Emprendedores.
Se puede realizar por internet mediante la web de la Oficina de Extranjería, y es mucho más rápido de conseguir que las vías alternativas para trabajar en España. El principal motivo es que no está supeditado a la Situación Nacional de Empleo.
Permiso de trabajo para trabajadores transfronterizos
Es un permiso de residencia y trabajo destinado a aquellos trabajadores extranjeros que deban cruzar diariamente la frontera y que demuestren residir en una población junto a ella, concretamente en una provincia limítrofe.
Las exigencias de una oferta de empleo son las mismas que en la Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, y sí es aplicable lo que disponga la Situación Nacional de Empleo, a diferencia de otros supuestos.
En España este permiso de trabajo solo es posible ser solicitado por los ciudadanos marroquíes que cumplan este requisito, ya que el resto de fronteras son comunitarias.
Permiso de trabajo y residencia por circunstancias excepcionales desde 2023
Existen una serie de posibilidades que no están siempre disponibles para conseguir el permiso de trabajo y residencia en España.
Son las siguientes:
- Que sea muy difícil encontrar candidatos idóneos para un puesto de trabajo y así lo refleje Servicio Público de Empleo en cada trimestre a través del Catálogo de ocupaciones.
- Se trate de una contratación de extranjeros de ciudadanos de Chile o Perú, ya que España tiene Acuerdos suscritos con ambos países en esta materia.
- Cuando se trate de familiares reagrupados en edad laboral, así como el cónyuge o hijo de extranjero residente en España con autorización renovada, o hijo de español nacionalizado, o ciudadano comunitario que lleve al menos un año residiendo en territorio español.
- Haber tenido la condición de refugiado, durante el año siguiente a la cesación de la aplicación de la Convención de Ginebra, o que hubiera sido reconocido como apátrida en el año siguiente a la terminación del estatuto.
- Que sean extranjeros que tengan a su cargo ascendientes o descendientes de nacionalidad española.
- Ser hijo o nieto de español de origen.
- Que se trate de un trabajador que ya estuvo autorizado para trabajar en actividades de temporada durante dos años naturales y ha vuelto a su país.
- Que haya pasado el plazo de no retorno tras renunciar en un primer momento al permiso de trabajo y residencia en España.
- Que desarrollen labores de alta dirección en las empresas o sean directivos de las mismas.
- Que desarrollen trabajos de investigación o desarrollo o docentes, que requieran alta cualificación, o de actuaciones artísticas de especial interés cultural.
- Trabajadores de una empresa o grupo de empresas en otro país que vayan a desarrollar su actividad laboral en España para las mismas sociedades.
Qué extranjeros no necesitan permiso de trabajo en España
En general hay varios colectivos que no necesitan autorización de residencia y trabajo en España para ejercer estos derechos siempre que no se superen los 90 días.
Será necesario en todos los casos gestionar el visado de estancia ante la Oficina consular española que le corresponda por residencia, o en la misión diplomática.
Los colectivos afectados por esta excepcionalidad son los siguientes:
- Técnicos y científicos, invitados o contratados por el Estado, las Comunidades Autónomas, universidades, entes locales u organismos que busquen la promoción y desarrollo de la investigación.
- Profesores, técnicos, investigadores y científicos invitados por una universidad española para un proyecto laboral.
- Personal directivo, docente o investigador, de instituciones culturales o docentes dependientes de otros Estados o privadas extranjeras de acreditado prestigio, oficialmente reconocidas por España, en programas culturales y docentes de sus países.
- Funcionarios civiles o militares de Administraciones extranjeras.
- Corresponsales de medios de comunicación extranjeros que desarrollen su actividad, siempre que hayan sido acreditados por las autoridades españolas.
- Miembros de misiones científicas internacionales previa autorización estatal o autonómica.
- Artistas en funciones o espectáculos definidos siempre que no superen 5 días continuados o los 20 días de actuación en un período debe ser menor de medio año.
- Ministros religiosos y miembros de la jerarquía de las iglesias, confesiones y comunidades religiosas, y religiosos profesos de órdenes religiosas.
- Extranjeros que vayan a tener como actividad en España la representación, gobierno o administración de sindicatos y organizaciones empresariales.
- Menores extranjeros en edad laboral que vayan a ejercer actividades que promuevan la integración social a través de una entidad reconocida como tal en España.